Defensoría del Pueblo se constituye en Mecanismo de Prevención de Tortura

La Defensoría del Pueblo destaca la decisión de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional de sancionar las modificaciones a la Ley N° 870 con la que le transfiere el Servicio para la Prevención de la Tortura. Con esta determinación el Estado boliviano cumple sus compromisos convencionales y las recomendaciones internacionales para garantizar un Mecanismo Nacional de Prevención de la tortura que sea independiente.

La Defensoría del Pueblo, con esta decisión, se constituye en el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, que fortalece el trabajo que actualmente desarrolla en la prevención y atención de la vulneración de derechos humanos y le otorga la atribución de hacer seguimiento a acciones penales y disciplinarias ante denuncias de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Asimismo, en el marco de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, le posibilita coordinar acciones con el Subcomité para la Prevención, órgano de tratado, que en su visita de 2017 expresó su preocupación respecto a la independencia del Mecanismo Nacional de Prevención.

Antes de las modificaciones a la Ley N.° 870, la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus atribuciones de velar por la vigencia de los derechos humanos, realizaba un trabajo continuo a nivel nacional de prevenir y atender denuncias de vulneración a la integridad personal en centros de detención, recintos y/o centros de formación militar y policial. Ahora, además, podrá promover la acción penal por hechos de tortura hasta lograr la sanción de los responsables.

Entre 2013 y agosto de 2021, esta institución defensorial ha registrado 3.017 casos de tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes a nivel nacional y ha emitido  Resoluciones Defensoriales en casos emblemáticos, como el de Gróver Beto Poma Guanto, E.C.A., denuncias de tortura en el Recinto Penitenciario El Abra, Puesto Militar Naval San Ignacio de Moxos y otros. También ha realizado intervenciones oportunas, mediante verificaciones defensoriales in situ, en la última gestión, en centros militares de Colcha K, Yacuiba, Pando, Beni. En estos hechos, el hasta ahora Servicio para la Prevención de la Tortura (SEPRET) no estuvo presente.

Esta institución defensorial resalta que, con las modificaciones a la Ley 870, el Estado cumple su obligación internacional de garantizar la independencia del Mecanismo Nacional de Prevención y de su personal, que ahora tendrá un alcance nacional a través de las representaciones departamentales y coordinaciones regionales de la Defensoría del Pueblo, que cuenta con personal especializado en materia de Derechos Humanos.

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