El Estado Boliviano debe garantizar los derechos de trabajadores migrantes

La Defensoría del Pueblo participó, este lunes, en la sesión de los miembros del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de las Naciones Unidas, en la que solicitó la adopción de una serie de recomendaciones al Estado boliviano para garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones internacionales descritas en dicha Convención.

La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, indicó que en el encuentro, realizado vía zoom y en el que se realizó la evaluación periódica del tercer informe periódico del Estado Plurinacional de Bolivia, se pidió que se recomiende al país aprobar y poner en vigencia un instrumento normativo que incorpore las categorías de trabajadores migratorios establecidas en la Convención o modificar la Ley Migratoria para incluirlas, de modo que la normativa nacional sea acorde a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado.

Asimismo, que regule un procedimiento claro que establezca las pautas de actuación por parte de la Comisión Nacional del Refugiado y de protección para personas apátridas y sus familias, y se trabaje en la elaboración de los decretos reglamentarios a las Leyes 465 y 997.

Cruz indicó que la recomendación solicitada pasa también porque se exhorte a Bolivia a que, mínimamente, el Consejo Nacional de Migración tenga al menos dos reuniones anuales, a fin de generar políticas públicas que beneficien a las personas en movilidad humana, especialmente, a trabajadores migrantes y sus familias, toda vez que la última conocida se desarrolló la gestión 2019.

Otra recomendación requerida para el Estado boliviano es que, a través de la Dirección General de Asuntos Consulares dependiente de Cancillería y la Dirección General de Migración dependiente del Ministerio de Gobierno, complementen la información respecto a la atención y protección de bolivianos en el exterior y se hagan públicos a través de sus páginas web y redes sociales; y, principalmente, se garantice el acceso público de los datos estadísticos de personas regularizadas por grupos etarios y tipo de permanencia, así como los datos de personas sujetas a  salidas obligatorias temporales y definitivas.

Además, que, previo estudio poblacional de bolivianos en el exterior, se amplíe de manera progresiva la cantidad de representaciones consulares principalmente en Centro América, Asia y África, que se reformule el procedimiento de salida obligatoria establecido en la Ley 370 y el Decreto Supremo 1923, estableciendo como una etapa formal la conminatoria de regularización y prorrogando los plazos recursivos, para una protección efectiva de los derechos humanos de los trabajadores migrantes y de sus familias en el Estado boliviano.

En la sesión, realizada la mañana de este lunes, se enfatizaron los aspectos positivos de los avances del Estado Boliviano respecto al ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención, y a su vez se hicieron públicas las preocupaciones y principales motivos de alerta identificados por la Defensoría del Pueblo.

Se resaltaron como avances, por ejemplo, el beneficio de la otorgación de la cédula de identidad indefinida para residentes mayores de 60 años de edad que cuenten con residencia permanente; y  la exoneración de tasas por servicios migratorios a las personas con discapacidad que realicen salidas al exterior y a las personas y sus familiares que requieran salir al exterior para tratamiento médico de enfermedades graves de instalación aguda o crónica, establecidos en la Ley 997 que modifica y complementa a la Ley 370 de Migración.

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